El GORE Piura, mediante Ordenanza Regional N° 456-2020/GRP-CR, con fecha de 24 de noviembre del 2020, aprobó el Reglamento de Atención de Denuncias Ambientales, norma trabajada con asistencia técnica del Proyecto MEGAM de Cooperación Canadiense, la cual tiene por objetivo regular el procedimiento para el ejercicio del derecho de presentación de denuncias ambientales ante el Gobierno regional Piura como Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA).
El reglamento es de aplicación para todas las denuncias ambientales interpuestas por personas naturales o jurídicas ante el GORE Piura incluyendo sus direcciones regionales dentro del ámbito de su competencia, otras EFA, así como aquellas que les sean derivadas por el OEFA, a través del Servicio de Información Nacional de Denuncias Ambientales (SINADA).
Las denuncias ambientales pueden ser de tres tipos:
Cabe destacar que, en Piura, esta norma es el tercer instrumento de supervisión y fiscalización ambiental desarrollado con la asistencia técnica del Proyecto MEGAM. Previo a este reglamento, en el 2017 se aprobó los Lineamientos Generales para la Supervisión y Fiscalización Ambiental, y posteriormente, en el 2018, el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción Ambiental del Gobierno Regional Piura. Cada uno de ellos contó con el apoyo de MEGAM desde un inicio, revisando y ajustando la propuesta, hasta la elaboración de la publicación impresa de la norma aprobada.
El compromiso de MEGAM es continuar apoyando la difusión y aplicación de los instrumentos normativos, los que se complementan con los procesos de capacitación y entrega de equipos de monitoreo ambiental, con la finalidad de fortalecer las capacidades de los gobiernos regionales en los cuales interviene a fin de mejorar la fiscalización ambiental regional.